Ciudad de México, 13 de enero de 2021. Debido a que la inflación acumulada entre 2017 y 2020 llegó a 11.42%, en la Miscelánea Fiscal 2021 se modificó esta cuota para ayudar a personas físicas
Todos los mexicanos que perciben algún ingreso, tanto por salario como por honorarios, tienen la obligación de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Para este 2021, este porcentaje que se toma de lo obtenido al mes se verá disminuido durante todo el ejercicio anual.
El pasado lunes 11 de enero, por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) se dio a conocer la tabla de retención de ISR que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicará hasta que exista una nueva modificación.
La Ley del ISR prevé que las tarifas que se aplican en el cálculo del impuesto que pagan las personas físicas, se actualicen de conformidad con el aumento inflacionario cuando éste rebase el 10% desde la última ocasión en que se actualizó. Lo cual aconteció para este año, pues llegó a 11.42%.
Desde ahora, las cuotas fijas irán desde los 0 pesos, si existe un límite inferior de 0.01 pesos y uno superior de 7,735 pesos, y hasta 1 millón 222,522 pesos si el límite inferior es de 3,898,140 pesos en adelante.
Debido a esto los porcentajes para aplicarse sobre el excedente del límite inferior irán desde el 1.92% hasta el 35%, dependiendo de la cantidad de dinero que una persona reciba.
Esto quiere decir que las personas físicas verán reducido el ISR en los recibos de nómina que sean liberados por sus empresas, y esto tiene como consecuencia pagar menos impuestos, lo que lograría un incremento en en la percepción neta. El beneficio llega debido a que el límite inferior es más grande ahora, entonces la diferencia del impuesto por la que van a cobrar será menor.
Los mayores efectos de esta reducción del ISR se darán entre los salarios que oscilan de 5,000 a 7,000 pesos al mes, pues ellos pueden tener una rebaja del impuesto de hasta 50%, que es bastante mayor a la percibida hasta el año 2020.
Dado que estas tablas se publicaron el 11 de enero, los primeros 10 días del mes de enero, se continuó aplicando la tarifa de 2020, por lo que los contadores, o quienes realicen el aporte tributario, tendrán que realizar un ajuste para sacar las diferencias respecto a la nueva tabla.
Cabe recordar que las tarifas de ISR de personas físicas no fueron objeto de actualización con inflación desde diciembre de 2004 hasta 2015, lo que representó una pérdida de valor de las cantidades de más de 50%, hecho que provocó diferencias de impuesto en las personas físicas, que en algunos casos llegaron a ser del 30%.