México, 23 May (Notimex).- La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) determinó mantener la Fase 1 de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Este miércoles no podrán circular entre las 5:00 y las 22:00 horas todos los vehículos particulares con holograma de verificación 2, los que tengan holograma de verificación 1 terminación de placa par; así como los automotores con engomado color rojo con holograma 1, terminación de placas 3 y 4.
Asimismo, quedan exentos de las restricciones vehiculares los hologramas 0 y 00, además de los vehículos híbridos y eléctricos.
En un comunicado, dio a conocer que las concentraciones más altas de contaminantes se registran en la zona noreste del Valle de México, con 167 puntos Imeca.
Explicó que aunque el sistema de alta presión localizado en el Valle de México está perdiendo paulatinamente intensidad, la alta temperatura, la poca nubosidad y el viento débil que prevalece, provoca un incremento en el nivel de ozono que supera el valor de activación de la Fase I.
Asimismo, el organismo indicó a la población que para la protección de la salud, es necesario reducir el tiempo de exposición en exteriores, a niños, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares.
Recordó que los niveles máximos de ozono se presentan entre las 13:00 y las 19:00 horas, periodo durante el cual, los alumnos de centros escolares, deportistas y la población en general, deben abstenerse de realizar actividades cívicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre.
De igual forma, llamó a reducir el consumo de gas LP y recarga en tanques, así como revisar y reportar fugas de gas; e invitó a reducir los viajes en vehículos, realizar viajes compartidos o utilizar medios alternos de transporte.
Además de las restricciones vehiculares citadas, indicó que no circularán los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación 00, 0 o Exento.
Asimismo, deben acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas, los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, excepto cuando participen en el Programa de Autorregulación de Vehículos a Diésel.
Tampoco podrán circular los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación par.
Por su parte, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) vigilará que el 20 por ciento de las estaciones de carburación de Gas LP y las plantas de distribución de Gas LP, suspendan sus actividades de 5:00 a 22:00 horas, de acuerdo con el número de identificación con terminación PAR (Grupo 4).
También fortalecerá la vigilancia del cumplimiento de la NOM-EM-002-ASEA-2016, del Sistema de Recuperación de Vapores en estaciones de servicio; mientras que la CAMe continuará con el seguimiento que presenten los contaminantes del aire.
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